La Generalitat convoca la selección de directores de 182 centros educativos
– El proceso incorpora novedades en el baremo de méritos para seleccionar al director con mejor trayectoria profesional
– La posesión del nivel B2 de lenguas extranjeras y la evaluación del desempeño docente también serán puntuados
La conselleria de Educación, Cultura y Deporte ha publicado hoy en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana la convocatoria del concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores de 182 centros públicos de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial, Secundaria, Formación Profesional, Formación de Personas Adultas, Enseñanzas Artísticas y Enseñanzas de Idiomas.
En concreto se trata de 159 centros de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial y Formación de Personas Adultas, de los cuales 83 son de la provincia de Alicante, 24 de Castellón y 52 de Valencia; y 21 centros de Educación Secundaria y Formación Profesional, de los que 9 son de Alicante, 3 de Castellón y otros 9 de Valencia. Asimismo, se ha convocado concurso para la selección de director en dos centros de la provincia de Valencia de Enseñanzas de Idiomas.
Se trata de los centros en los que se va a producir vacante en el cargo a partir del 30 de junio debido a la finalización del periodo de mandato por el que fue nombrado, o a cualquiera de las causas de cese previstas en la normativa, como renuncia motivada, incapacidad sobrevenida o revocación. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir de la publicación de la convocatoria, por la que el plazo finalizará el próximo 13 de abril.
El proyecto incluirá al menos la descripción y análisis de las características más relevantes del centro, los objetivos básicos que se pretende alcanzar con el ejercicio de la función directiva, las líneas de actuación y planes concretos que permitan la consecución de los objetivos, la composición del equipo directivo, así como los procedimientos de evaluación de la gestión directiva y del mismo proyecto.
Adaptación a la LOMCE
El nuevo proceso selectivo incorpora importantes novedades para adaptarlo a lo establecido en la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE). Entre las principales modificaciones cabe destacar las dirigidas a seleccionar el director con mejor trayectoria profesional, dado que se valorará aspectos como la posesión del nivel B2 de lenguas extranjeras, la posesión de títulos de grado, así como del diploma de mestre en valencià.
Asimismo, se incluye la evaluación del desempeño docente y la evaluación del desempeño de cargos directivos. En el caso de la evaluación del desempeño docente la inspección educativa recabará informes del consejo escolar, el jefe de departamento, el equipo directivo, el alumnado, e incluso del propio interesado, así como observación directa en el aula del candidato.
Por lo que respecta a la evaluación del desempeño de cargos directivos se requerirá entrevista con el candidato, informe del jefe de departamento o coordinador e informe del consejo escolar.
También se introduce como novedad conceder puntuación específica por formar parte de la mesa de directores y el desempeño de cargos de coordinación docente, como coordinador de ciclo, jefe de seminario, departamento, o división de centros públicos docentes, coordinador de aula de informática, de tecnologías de la información, de didáctica de EOI, así como de la función tutorial.
Por otro lado, el baremo de méritos contempla la posibilidad de que concurran todos los docentes, con independencia de si tienen o no destino definitivo en el centro para el que presentan su candidatura. Hasta el momento, sólo en el caso de que no hubiera candidatos del propio centro podían concurrir candidatos de fuera del centro. No obstante, el docente con destino definitivo en el centro recibirá una mayor puntuación.
Asimismo el baremo de méritos incluye la valoración del curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva o estar habilitado o acreditado para la función directiva, dado que tal y como establece la LOMCE existe una moratoria de cinco años para que este mérito se convierta en un requisito necesario para poder presentarse a la selección.